Importación para el consumo

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Importación para el consumo

¿A qué se denomina importación para el consumo?

Importación de consumo: Es el régimen aduanero que permite el ingreso de mercancías al territorio peruano para su consumo y a libre disposición del dueño o consignatario, luego del pago o garantía, según corresponda, de los derechos arancelarios y demás impuestos aplicables.

¿Cuál es el plazo para solicitar la importación para el consumo de mercancía?

En el caso de la importación para el consumo, el plazo es de 30 días calendarios computados a partir del día siguiente al término de la descarga de las mercancías.

¿Qué pasa si no se solicita la importación dentro del plazo señalado?

Se produce el Abandono legal de las mercancías. Las mercancías en esta condición de abandono, podrían ser rematadas, adjudicadas, incineradas o destruidas por la Autoridad Aduanera.

¿Qué impuestos afectan la importación de mercancías?

  • Ad - Valorem.
  • Derechos Variables Adicionales o Rebajas Arancelarias.
  • Gravámenes Adicionales.
  • Impuesto Selectivo al Consumo.
  • Impuesto General a las Ventas.
  • Impuesto de Promoción Municipal.
  • Percepción de IGV.
  • Derechos Antidumping y Compensatorios.
  • ¿Qué es un agente de aduanas?

    El plazo es de 30 días calendarios contados a partir de la numeración de la DAM Provisional, sin posibilidad de prórroga; de no efectuarse en dichos plazos, la DAM será legajada automáticamenteEs una persona natural o jurídica autorizada por Aduanas para prestar servicios como gestor habitual de trámites aduaneros, en las condiciones y requisitos que establezca la Ley General de Aduanas.

    ¿En qué momento tengo que recurrir a un agente de aduana?

    Cuando el valor de la mercancía a importar es mayor a US$ 2,000 es obligatorio contratar los servicios de un Agente de Aduana. Si el valor de la mercancía es menor a dicho monto, el trámite de importación lo puede realizar directamente el importador o dueño de la mercancía, mediante el Régimen Simplificado (Declaración Simplificada de importación).

    ¿Qué documentos se requieren en una importación?

  • Factura Comercial original.
  • Documento de Transporte original: Conocimiento de Embarque o Guía Aérea o Carta Porte.
  • Póliza de Seguro o Carta del Importador indicando que no cuenta con un Seguro.
  • Traducción de Factura original.
  • Certificado de Origen original (cuando corresponda).
  • Garantía Previa (opcional).
  • Declaración Aduanera de Mercancías (DAM), elaborada por el Agente de Aduana.
  • Documento de Control de mercancías restringidas (Registros Sanitarios, Certificado Fitosanitario/Zoosanitario, Permisos de Importación, etc).
  • Otros que la naturaleza del régimen o mercancía requiera.
  • ¿Toda mercancía puede ingresar al país o existe alguna restricción?

  • Equipos para estaciones transmisoras radioeléctricas y equipos de telecomunicaciones.
  • Equipos de producción de frio y Sustancias Agotadoras de la capa de Ozono.
  • Medicamentos, Alimentos y Bebidas.
  • Equipos e instrumental médico.
  • Textos y publicaciones con referencias al mapa del Perú.
  • Armas, municiones y explosivos de uso civil, e insumos conexos (nitrato de amonio).
  • Productos o insumos que directamente o indirectamente se utilicen en la elaboración de pasta básica de cocaína o clorhidrato de cocaína.
  • Animales, vegetales, y sus productos y subproductos.
  • Plaguicidas.
  • Combustibles y derivados.
  • Fuentes de radiación.
  • Juegos de casino y tragamonedas.
  • Entre otros.
  • ¿Qué es la declaración aduanera de mercancías (DAM)?

    Es un formato especialmente diseñado por Aduanas, para consignar la información que se requiere para el ingreso o salida de mercancías del país. Está conformado por los formatos A (Características generales de la mercancía), B (Declaración del valor de las mercancías), C (Liquidación de tributos a pagar) y la Declaración Andina de Valor (DAV).

    ¿Es necesario pagar los tributos al momento de la importación?

    No necesariamente, siempre que se opte por gestionar el proceso de importación amparado en un Garantía Previa, el cual permite extender el plazo de pago de los tributos de importación, hasta el día 20 del mes siguiente de numerada la DAM.