Es el régimen aduanero que permite la salida legal del país de cualquier mercancía nacional o nacionalizada con destino al extranjero para su uso o consumo definitivo. Este procedimiento no está afecto a pago de tributo alguno.
La exportación de mercancías no está afecta a pago de tributo alguno.
El plazo es de 30 días calendarios contados a partir de la numeración de la DAM Provisional, sin posibilidad de prórroga; de no efectuarse en dichos plazos, la DAM será legajada automáticamente.
La DAM Provisional será anulada automáticamente y de oficio por parte de la Autoridad Aduanera, siendo necesario reiniciar un nuevo trámite de exportación.
El plazo para regularizar una exportación definitiva es de 30 días calendarios contados desde la fecha de embarque. Incumplir el plazo para regularizar la DAM de Exportación, se sanciona con una multa de 0.5 UIT.